
Principales medidas laborales y de Seguridad Social
Sí, el Gobierno de España ha aprobado medidas laborales y de Seguridad Social para responder a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que afectó a diversas regiones entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Estas medidas se recogen en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, y en el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre.



Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor: Se agilizan los trámites para la suspensión de contratos o reducción de jornada en empresas afectadas por la DANA. Las empresas que se acojan a estos ERTE estarán exentas de cotizar a la Seguridad Social durante el periodo de aplicación
Prohibición de despidos: Las empresas beneficiarias de ayudas directas o acogidas a ERTE no podrán realizar despidos por causas de fuerza mayor ni por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción relacionados con la DANA. En caso de incumplimiento, el despido se considerará nulo y la empresa deberá devolver las ayudas recibidas
Trabajo a distancia y permisos retribuidos: Se establece el teletrabajo como modalidad preferente en las zonas afectadas. Además, se reconocen permisos retribuidos para los trabajadores que no puedan acudir a su puesto de trabajo debido a las consecuencias de la DANA, como la imposibilidad de desplazarse o la necesidad de atender a familiares.
Incapacidad temporal extraordinaria: Se crea una nueva figura de incapacidad temporal para las personas afectadas física o psicológicamente por la DANA. Esta baja laboral específica asimila las ausencias a un accidente laboral, garantizando el 75% del salario desde el primer día de incapacidad.
Prestación por cese de actividad para autónomos: Los trabajadores autónomos afectados podrán solicitar esta prestación sin necesidad de cumplir con el requisito habitual de 12 meses de cotización. La ayuda incluye una prestación económica mensual y la cobertura de las cotizaciones sociales, con carácter retroactivo.
Incremento del Ingreso Mínimo Vital (IMV): El IMV y otras prestaciones no contributivas aumentarán un 15% durante los tres meses posteriores a la DANA, con posibilidad de prórroga en función de la evolución de la situación
Estas medidas están dirigidas a personas físicas y entidades públicas o privadas que hayan sufrido daños en sus bienes o derechos como consecuencia directa o indirecta de la DANA, en los municipios incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024.